Gabriel Pombo da Silva pasa el tiempo en el centro penitenciario de Mansilla de las Mulas, en León, estudiando la Edad Media. Lleva recluido en esta prisión desde mayo, cuando fue detenido en Portugal y trasladado a España en plena pandemia. Apenas había pasado cuatro años en libertad, junto a su compañera Elisa Di Bernardo y su hija, después de toda una vida de cárcel en cárcel.

No les importa que yo ya no sea el mismo, que ahora tenga familia y no haya vuelto a delinquir”, lamenta. Tras pasar más de 30 años de los 53 que tiene de vida en prisión, Pombo fue mandado de nuevo a la cárcel para cumplir los residuos de condena que le impusieron por hechos producidos en los 90. Unas condenas que, sin embargo, según señala su abogado, Manuel Chao Do Barro, están ya extintas o prescritas.

Gabriel Pombo nació el 19 de noviembre de 1967 en El Calvario, un barrio obrero de Vigo. Él y su familia formaban parte de esa parte de España que el franquismo intentó borrar. “Mis abuelos eran comunistas y la mayoría de familiares también abrigaban ideas socialistas y/o republicanas, y lo mismo ocurría con todos en los barrios en los que yo me movía”, explica Pombo a El Salto desde la cárcel de León. “Yo no entendía nada de política, mi abuelo me decía que los fascistas eran ‘basura humana’. Muchos de sus camaradas habían sido asesinados en los primeros días del alzamiento militar. Él tuvo ‘suerte’ por ser un soldadito raso y fue internado en un campo de trabajo durante años”, continúa Pombo. “Mi mundo era mi familia y el barrio, donde todos nos conocíamos. Allí aprendí que los ricos tenían el dinero y el poder, y los pobres teníamos la solidaridad, la complicidad de clase, que era el contrapoder popular”.

Una de estas iniciativas minoritarias con las que Gabriel empatizó fueron los grupos de apoyo a personas presas. “Eran militantes muy duros, muchos recién salidos de la cárcel por la mini reforma del 81, y estaban bien organizados en grupos de afinidad”. Gabriel decidió involucrarse en lo que denominaron como “agitación armada”. “Robamos alguna armería y, con todo ese arsenal, se formaron ‘grupos de acción’. Robábamos comida que repartíamos por los barrios, asaltábamos bancos y gasolineras para apoyar a las familias de los presos y presas, y para nuestro propio autofinanciamiento, hacíamos pintadas… ¡Queríamos una amnistía total!”,explica Pombo. Así pasó parte de su adolescencia.
En 1988, con el cierre de la prisión de menores de Teruel, Gabriel fue trasladado a Zamora. “En Zamora, el martes 13 de septiembre de 1988, recuerdo hasta la fecha exacta, a causa de las protestas que veníamos protagonizando todos los menores, llegaron carceleros —incluso un médico con porra— celda por celda y nos apalizaron y torturaron brutalmente. Rompieron nuestras cosas —fotos, cartas y libros—, echaron lejía a nuestra ropa, nos desnudaron y nos esposaron con las manos a la espalda a la pata de la cama. Solo podías estar en cuclillas o sentado en el suelo. Hacía un frío del demonio y ellos se encargaron de dejar las ventanas abiertas. Aquí también me apalizaron hasta perder el conocimiento”

El sindicato CNT-AIT comienza esta semana la campaña por la liberación del militante anarquista gallego Gabriel Pombo Da Silva, que desde mayo de 2020 está detenido en el centro penitenciario de Mansilla de las Mulas, en León, después de que el Juzgado de lo Penal número 2 de Girona ordenara su detención por considerar que le quedan por cumplir 16 años de sentencias por hechos producidos en los años 90.

Pombo, que fue detenido por primera vez en 1984, cuando tenía 17 años, actualmente tiene 53 y ha pasado más de tres décadas en prisión. Desde CNT-AIT exigen “la extinción total de la condena acumulada al ser hechos de 1990, llevando más de 30 años de cumplimiento efectivo”, y denuncian que, a pesar de ser un derecho, no está claro qué Código Penal esté siendo aplicado en las condenas de su compañero y que, en cualquier caso, “no es el más favorable para él, como dictaría la legislación vigente”

Teóricamente a una persona presa siempre se le aplica el Código Penal más favorable y tiene derecho a pedir una revisión de pena a la luz de nuevos códigos que siempre tienen aplicación retroactiva”, exponen. Gabriel, explican desde el sindicato, fue sentenciado en el 1993 para los hechos del 1990 estando vigente el Código de 1973, siendo posible aplicarle a posteriori el Código Penal del 1995, aseguran.

A día de hoy sigue incomprensiblemente sin estar definido con claridad cuál se le aplica a nuestro compañero”, continúan. “Con esta duda despejada Gabriel entraría en dos únicas situaciones inmediatas: confirmación de la refundición a 30 años con reconocimiento de todas las redenciones (C.P. de 1973), accedería por tanto inmediatamente a permisos, tercer grado y libertad condicional. O confirmación de la refundición a 20 años (art. 76 del C.P. de 1995) lo que conllevaría la libertad inmediata por haber pagado como mínimo seis años de más”, afirman.

En tal sentido, desde el sindicato anarquista cuestionan “la hipocresía” de un Estado de Derecho que a su entender no aplica sus mismas leyes ni garantías constitucionales. Entre otras, la del Principio de Especialidad, “uno de los pilares del derecho europeo que, de reconocerse, nuestro compañero no hubiera podido ser detenido. La violación de este principio propició que se emitiera una Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) que resultó ser ilegal”.